El BOE del 10 de septiembre publicó el Real Decreto 748/2014, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre.
Junto a otras cuestiones, a nivel comercial cabe destacar que se modifica el art. 21.4 del Decreto 199/99, que queda redactado como sigue:
"Será libre la comercialización de otros productos o la prestación de servicios, sin más requisito que la presentación de una declaración responsable ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección de dicho organismo que, en cualquier momento podrá acordar motivadamente su ineficacia, previa verificación de que dicha comercialización afecta a la debida conservación y comercialización del tabaco y timbre del Estado o a la seguridad de los usuarios. No será precisa la presentación de dicha declaración responsable para la comercialización de artículos de fumador, librería y papelería.»
La modificación que el Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 10 de septiembre establece una serie de modificaciones en el modelo de distribución del tabaco en España. Entres esos cambios que afectan a la posibilidad de importar directamente de otros países de la Unión Europea labores de tabaco se introdujo de forma muy discreta, una artículo que modifica el estatuto concesional de la red de estancos.
Este artículo establece que sin comunicación previa al regulador del mercado, el Comisionado del Mercado de Tabacos, los estancos podrán vender otros productos "distintos del tabaco que no afecten a la seguridad de los usuarios y a la conservación de las labores de tabaco". Es decir el universo de la venta para los estancos se abre al mismo nivel que en un supermercado.
Hasta ahora los estancos solo estaban autorizados a vender artículos de fumador, y de librería y papelería y todo con la autorización previa, ahora se amplia el universo de la venta y el Comisionado del Mercado de Tabacos solo podrá realizar una labor inspectora a posteriori.
Como resumen de la situación, puede resultar de vuestro interés la noticia de prensa publicada en Diario Cinco Días